¡Copiad, malditos!

Crossed Copyright.

Crossed Copyright (PD Wikimedia Commons)

Hace tres días, Televisión Española (obviamente La2), tras años y años finalizando sus programas con el símbolo ©, emitió por primera vez un programa distribuido bajo licencia Creative Commons, un documental que trata justamente sobre el derecho de copia y difusión de las obras intelectuales.

Una vez más, para evitar malentendidos, tengo que aclarar que en mi ordenador sólo tengo software libre y gratuito, aunque he tenido que pagar una licencia que no necesitaba de un sistema operativo que no quería para poder comprar el PC, y también que no tengo ninguna copia de archivos musicales  o películas protegidos por copyright porque sólo utilizo servicios online (Spotify, Grooveshark, Youtube, etc.) o copyleft (Jamendo), a pesar del derecho que tendría a copiar libremente para uso privado cualquiera de esos archivos por haber pagado el canon digital. En otras palabras: los señores del copyright, los que se enriquecen con ese impuesto mafioso, me deben no una sino varias decenas, una por cada aparato o soporte digital que he comprado (no se molesten en demandarme sin antes leer la tercera acepción de este término que ofrece el diccionario de la RAE).

Pero volvamos al documental: su emisión, además de enfadar a Alejandro Sanz (que muy a mi pesar se está haciendo un habitual en este blog, y no propiamente por sus canciones, sino por sus paridas), ha alegrado a muchísimas personas que creemos que la libre difusión de la cultura es un derecho universal y es imprescindible para el progreso de la humanidad.

El documental empieza con cuatro definiciones de «copiar» dadas por otras tantas personas, de las que transcribo dos: «Copiar significa no tener imaginación» y «Copiar significa la génesis de la creación». La primera, tan original e imaginativa, es de la directora de una editorial, la segunda, más honesta y realista, es de Javier de la Cueva, abogado experto en temas legales ligados a la propiedad intelectual y a las tecnologías de la información y la comunicación.

¿Acaso hay alguien que crea honradamente que los humanos somos capaces de crear de la nada, sin apoyarnos en lo que han hecho los demás antes de nosotros? Y no hablo sólo de los productos de entretenimiento que desde hace tiempo interesan por encima de cualquier otro asunto al Ministerio de Cultura, sino de las obras maestras de la historia de todas las artes. ¿Hubiera podido Mozart desarrollar su genio creador si Haydn hubiera patentado la forma sonata? Bueno, en realidad ni Haydn ni Mozart y tampoco Beethoven hubieran podido escribir esas sonatas, sinfonías o cuartetos si Bach hubiera sido socio de algúna organización parecida a la actual SGAE puesto que, para defender su Clave bien temperado, ésta hubiera impedido el uso del sistema temperado hasta 1820: adiós a la sección de desarrollo de la forma sonata. ¿Y qué hubiera pasado con la pintura si Brunelleschi y sus herederos hubieran prohibido utilizar la perspectiva hasta pasados 70 años desde su muerte? Y las catedrales góticas,  ¿cuántas de ellas no habrían podido ser edificadas si la construcción del primer arbotante hubiera comportado la prohibición a los demás arquitectos de copiar ese recurso?

Definitivamente: copiar es la génesis de la creación. Si todavía no creéis en esa afirmación, haced esta prueba: mirad Las Meninas de Picasso y luego repetid en voz alta la tercera frase del documental, «Copiar significa no tener imaginación». Por cierto: me hubiera gustado poner la imagen de ese cuadro al comienzo de este post, pero está prohibido porque todavía no han pasado 70 años desde que Picasso falleció.

La triste realidad es que, aunque parezca increíble, hoy en día, en plena era de la información y comunicación, esos son los plazos para que se pueda emplear libremente una obra. En el documental se explica cómo se han ido ampliando (y se sugiere la razón), cuando debería haber sido justamente al revés: conforme iban mejorando las técnicas de reproducción y difusión debería haberse recortado ese plazo, pues la explotación económica ahora es mucho más rápida, lo que permite recuperar la inversión y ganar la legítima recompensa al trabajo realizado en menos tiempo. Pero ahí está el problema: no les basta con obtener su legítima recompensa, sino que quieren más, y más, y más…

No estoy incitando a mis alumnos y alumnas a copiar en los exámenes que les propongan mis colegas: siempre empiezo el curso hablándoles de la importancia de los derechos morales, el primero de los cuales es la autoría, y de lo realmente reprobable que es el plagio. Sólo se puede firmar lo que se ha creado y, si se copia algo, hay que referenciarlo adecuadamente.

¿Qué pretendo entonces con esta entrada? Entre otras cosas, estoy reivindicando, por ejemplo: el derecho de mis alumnos y alumnas a representar una obra teatral sin que nadie se aproveche de ellos; a reproducir un cuento que han leído en clase, u otro que les guste, en otro formato (p.e. un audiolibro); a utilizar la canción que más les plazca como fondo de su presentación de Música, de Historia o de su equipo de fútbol preferido, o del vídeo de su cumpleaños, y colgar su creación en Internet para que la vean sus amigos y amigas; hasta reivindico su derecho a rellenar su reproductor de MP3 con cientos de canciones, que como mucho escucharán una decena de veces antes de borrarlas, sin que ni Alejandro Sanz ni nadie se atreva a llamarles ladrones, entre otras cosas porque es perfectamente legal (con esa excusa les han cobrado un canon al venderle ese MP3) y porque copiar no es robar.

Os aconsejo que miréis todo el documental, pero si en este momento no tenéis una hora de tiempo para hacerlo, os recomiendo que por lo menos veáis un fragmento de menos de tres minutos (entre 46:30 y 49:15) que demuestra muy elocuentemente la total falta de escrúpulos de ciertas asociaciones que no dudan en emplear a niños y niñas (con la complicidad de sus cuanto menos despistados docentes) para difundir sus interesadas mentiras, barbaridades como:

Yo soy el capitán Clonado, dueño de todo, ¡porque todo es mío! ¿Tú has creado algo? Me lo quedo. ¿Tú has inventado algo? ¿Un libro, un videojuego, una canción? Pues me lo robo. ¡Ja, ja, ja!

Lo que hace, se llama piratería; esto es un acto delictivo…

Otra vez es Javier de la Cueva el que define de la mejor manera ese espectáculo sumamente lamentable:

Es que esto ya lo que nos está dando es la moral de este tipo de gente. Es que no tienen ningún tipo de… de… mirada hacia el otro; es que les da igual: manipulan niños, manipulan personas, manipulan… da igual, todo por y para su pasta. Y no hay otra cosa en la vida que su pasta. Y es todo por la pasta.

De todas formas, cuando tengáis tiempo, mirad el documental completo, pues toca muchos otros puntos muy interesantes, como por ejemplo: la falta de democracia interna y de transparencia en el reparto de los fondos de la SGAE; las anomalías democráticas que introduce la Ley Sinde (posibilidad de cierre de sitios web sin orden judicial); la doble moral de las cadenas televisivas, que utilizan sin autorización y con fines de lucro los materiales que los usuarios publican en Internet pero no permiten el uso de sus materiales por parte de esos mismos usuarios; algunas propuestas de explotación económica de la propiedad intelectual más acordes con nuestros tiempos y un largo etcétera.

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  1. Pingback: Bitacoras.com

  2. Lola Reply

    Por no decir que SE APRENDE COPIANDO.
    Bravo Massimo

  3. Juan Ignacio Castro Reply

    Yo también vi el documental y me gustó mucho, tu reseña sobre él en esta entrada de tu blog me parece estupenda también. Supongo que estamos, en esta época nuestra, al principio de algo nuevo, muchas cosas están cambiando, y cada uno intentamos empujar en la dirección que nos parece correcta, o que nos interesa. Reflexiones como la tuya, o la del documental, contribuyen a ir aclarando el panorama. Enhorabuena, un saludo.

  4. Juanmi Reply

    ¡Excelente reflexión Massimo! y ¡cuánta razón tienes! A mí una de las cosas que más me alucina del canon digital es que nos lo cobran a todos «en compensación por las copias que se hacen de sus trabajos en el ámbito privado». Pero ¿dónde estamos? y tamaña tropelía se asume con total naturalidad como si nada pasase, mientras «ellos» se van llenando los bolsillos de mi supuesto pirateo… ¿Y si yo no hago copias de sus trabajos en privado y sólo uso los originales? ¿tendré que pedir una auditoría para que vengan a inspeccionar a mi casa y si no encuentran esas copias podré pedir el retorno de las tasas a esos autores, editores, productores y artistas que se las han quedado? ¿pagarán además ellos los gastos de los letrados y notarios que certificarán que esas copias son mías y únicas y por tanto no uso de ese servicio por el que me están cobrando sin yo pedirlo?
    En fin que como no hagamos algo, la siguiente será el cobro del canon por tararear sus canciones.
    Abrazos.

  5. Aitor Reply

    El canon por copia privada se paga para copias privadas de tus originales, si pagas canon no te da derecho a copiar cosas que no son tuyas, por mucho canon que pagues no te da derecho a tener una peli que aun no se ha estrenado en DVD, o no funciona así?

  6. giulianno3000 Reply

    «los buenos copian, los mejores roban» de la peli «Antitrust» (2001)

  7. Massimo Pennesi Reply

    @Lola
    @Juan Ignacio
    @Juanmi

    Muchas gracias por vuestra visita y vuestros amables comentarios.
    Un saludo

  8. Massimo Pennesi Reply

    @Aitor:

    No, no funciona así, en absoluto.
    Faltaría más que, después de pagar decenas de euros para adquirir un CD, tuviéramos que volver a pagar para poderlo copiar: en un reproductor de MP3 para escucharlo mientras paseamos, en nuestro ordenador para escucharlo mientras trabajamos o en un pendrive para escucharlo en el coche.

    El canon digital no se paga para poder copiar lo que ya has pagado sino para (supuestamente) «compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaran de percibir por razón de la expresada reproducción» (Art. 25.2 de la LPI). Ese lucro cesante no se puede referir a la fallida segunda, tercera o cuarta compra del mismo CD por parte de la misma persona (hay que ser muy muy fan…) sino a la fallida primera compra de alguien que copia el CD de algún conocido -o desconocido- (y aquí también es muy muy poco probable que cada copia equivalga a la pérdida de una venta).

    Cuando compras un CD o un DVD no compras el plástico sino su contenido, y tienes derecho a reproducirlo (en el sentido de copiarlo) más allá de ese genérico derecho de copia privada por el que nos cobran el canon digital: el artículo 161 de la misma LPI prohíbe de hecho las protecciones tecnológicas contra la copia y así en su apartado 2 anima a los usuarios a acudir ante la jurisdición civil si el titular de los derechos de propiedad intelectual impidiera la copia utilizando cualquier medida tecnológica, dejando así claro que el derecho de copia del contenido es implícito al acto de la compra.

    Una vez más me remito a la LPI, de la que te recomiendo una atenta lectura, en concreto de su artículo 25, que te aclarará que el canon por copia privada autoriza la copia para uso privado de todas las «obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales», sin que en ningún momento se establezca el requisito de poseer el original.

    La duda legítima que surge en este momento es si fue antes el huevo o la gallina: ¿está el canon para compensar las supuestas pérdidas económicas causadas por las copias privadas o bien las copias privadas son legales para justificar el más injusto de los impuestos (pues es cobrado por una entidad privada y administrado sin ninguna transparencia para el enriquecimiento de una pequeña parte de sus socios)?
    Personalmente pienso que más bien se trata de la segunda opción, seguramente más rentable para los beneficiarios del canon mismo.

    En cuanto al detalle de si se ha estrenado o no en DVD, ese caso es diferente y sí puede generar responsabilidades legales, pero sólo para quien o quienes hayan distribuido la obra antes de su divulgación por parte del titular de los derechos. Un claro ejemplo de eso es el presunto delito cometido por el miembro de la Academia del Cine que ha difundido la copia para uso exclusivo de esta organización de la última película de Alex de la Iglesia.

  9. Massimo Pennesi Reply

    @giulianno3000:
    Una frase idéntica en su esencia es atribuida a Picasso:
    «Los buenos artistas copian, los grandes roban».
    Hay otra frase de esa película que me gusta mucho más:
    «El conocimiento humano pertenece al mundo».

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  11. Iz Reply

    gracias por este post!

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